martes, 8 de mayo de 2012

INFINITIVO POR IMPERATIVO

(Foto mía)
        La expresión de la orden en castellano requiere el uso del imperativo, en forma afirmativa; o del subjuntivo, en forma negativa. En cualquier caso, resulta inaceptable el uso del infinitivo para la 2ª pl., a pesar de ser un vulgarismo muy extendido.
      Veamos la normativa de la RAE al respecto:
(Foto mía)
  Cuando se da una orden a una segunda persona (del singular o del plural), deben usarse las formas propias del imperativo, si la oración es afirmativa, o las formas correspondientes del subjuntivo, si la oración es negativa, va introducida por la conjunción que o se dirige a un interlocutor al que se trata de usted.
  SINGULAR
  Tómate toda la sopa y deja de protestar.
  No te enfades y ponnos otro café.
  Que te calles.
  Hágame caso.
  PLURAL
  ¡Venid aquí ahora mismo, granujas!
  Poneos el pijama y dormíos cuanto antes.

  No lleguéis tarde.
  Que os estéis quietos.
  Cierren la puerta y siéntense, por favor.
  No se considera correcto, en el habla esmerada, el uso del infinitivo en lugar del imperativo para dirigir una orden a una segunda persona del plural, como se hace a menudo en el habla coloquial:
  Marca de incorrección.¡Venir aquí ahora mismo, granujas!
  Marca de incorrección.Poneros el pijama y dormiros cuanto antes.
  Solo es válido el empleo del infinitivo con valor de imperativo dirigido a una segunda persona del singular o del plural cuando aparece precedido de la preposición a, uso propio de la lengua oral coloquial: ¡Tú, a callar!; Niños, a dormir.
(Foto mía)
  No debe confundirse el empleo desaconsejable del infinitivo en lugar del imperativo de segunda persona del plural con la aparición del infinitivo con valor exhortativo en indicaciones, advertencias, recomendaciones o avisos dirigidos a un interlocutor colectivo e indeterminado, habituales en las instrucciones de uso de los aparatos, las etiquetas de los productos o los carteles que dan indicaciones, hacen recomendaciones de tipo cívico o prohíben determinadas acciones en lugares públicos: Consumir a temperatura ambiente; Depositar la basura en las papeleras; No fumar; Lavar a mano. Se trata, en estos casos, de estructuras impersonales en las que no se da una orden directa, sino que se pone de manifiesto una recomendación, una obligación o una prohibición de carácter general, en las que hay que sobrentender fórmulas del tipo Se debe consumir... / Es preciso consumirlo... / Hay que consumirlo... / Se recomienda consumirlo...; Debe depositarse la basura en las papeleras / Hay que depositar la basura a las papeleras; No se puede fumar / No se permite fumar; Debe lavarse a mano / Se recomienda lavarlo a mano."

(Foto mía)
           Visto el dictamen de la RAE, te conviene revisar el siguiente enlace, donde encontrarás múltiples ejercicios sobre el correcto uso del imperativo en castellano:
http://www.sflt.ucl.ac.be/gra/Exercices/verbo/imperativo/default.htm



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